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Suprema Corte invalida multas de tránsito de hasta 11.7 millones de pesos en Hermosillo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una disposición del Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo que establecía multas de entre 40 mil y 100 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), sanciones que podían superar los 11 millones de pesos.


La resolución se derivó de una controversia constitucional promovida por el Congreso de Sonora contra el Ayuntamiento de Hermosillo, al considerar que el municipio se excedió en sus facultades al establecer esos montos mediante su reglamento.


El asunto corresponde a la controversia constitucional 156/2025, en la que el máximo tribunal del país analizó la legalidad del artículo 106, fracción II, del Reglamento de Tránsito Municipal.


La Corte determinó que, aunque los ayuntamientos tienen atribuciones para reglamentar el tránsito dentro de sus municipios, deben respetar los límites establecidos en la legislación estatal y no pueden fijar sanciones económicas fuera del marco legal correspondiente.


Uno de los puntos centrales fue que los montos de las multas deben sujetarse a las disposiciones de la Ley de Ingresos municipal, por lo que el Ayuntamiento no podía establecer por cuenta propia un rango de sanciones de esa magnitud.


Con esta resolución, la SCJN declaró inválido el artículo que contemplaba esas multas, al determinar que el Ayuntamiento rebasó sus atribuciones reglamentarias.


La decisión no elimina las multas de tránsito en Hermosillo, sino que invalida la disposición específica que establecía ese rango de sanciones.


El fallo representa una resolución favorable para el Congreso de Sonora en la controversia presentada contra el gobierno municipal.

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