INTERPONDRÁ MC DENUNCIA PENAL CONTRA ALCALDE DE SLRC, SANTOS GONZÁLEZ

Después de que el Alcalde de San Luis Río Colorado, Sonora, Santos Gonzales Yescas, aceptara la compra de patrullas por 3.36 millones de pesos a una empresa llamada Monterrey Asistencia S. A. de C. V., de la cual su hermano, José Jesús González Yescas, es apoderado legal, el diputado de Movimiento Ciudadano, Ernesto de Lucas Hopkins, anunció que interpondrán una denuncia penal.

De Lucas Hopkins, en entrevista para RTN Medios señaló que las declaraciones públicas del alcalde, en las que admite la contratación de una empresa de la cual su hermano es apoderado legal, podrían constituir una violación al código penal del estado de Sonora.

El diputado citó al respecto: “Uno, la parte, en este caso implicada, el alcalde confiesa que sí se da el contrato. Y dos, en su ignorancia, como en todo lo que ocurre, pues imagínate un presidente que se reelige, que se cree que es lo mismo que López Obrador, que le quiere heredar el poder a su hijo, como lo hizo ahora en su informe, en su informe, en su ignorancia, acepta, desconociendo que el código penal tipifica lo que él está aceptando como un delito, el artículo 190 del código penal del estado de Sonora, en su fracción primera, es sumamente claro para tipificar qué funcionario o servidor público comete el delito de ejercicio indebido de funciones.”

También mencionó la necesidad de que el fiscal del estado de Sonora investigue a fondo este caso y otros relacionados con el aumento de homicidios dolosos en San Luis Río Colorado y deje de proteger a los funcionarios que cometieron omisiones en sus funciones en el bar “BeerHouse”, lo cual cobró la vida de 13 personas.

Concluyó que la denuncia penal será interpuesta por la bancada de Movimiento Ciudadano, quienes ya habían solicitado previamente al Congreso del Estado un juicio político por el caso “BeerHouse”, pero ahora buscarán que, a través de la vía penal, los responsables rindan cuentas por el mal uso de fondos públicos y los negocios con familiares directos.

El artículo 190 del Código Penal del estado de Sonora establece que comete el delito de ejercicio abusivo de funciones el servidor público que, en el ejercicio de su cargo, otorgue contratos u otros beneficios económicos de manera indebida a sí mismo, a su familia, socios o personas con las que tenga vínculos afectivos o económicos. También, aquel que se beneficie económicamente utilizando información no pública relacionada con su empleo.

Las sanciones incluyen prisión de uno a cinco años, multas y destitución, además de la inhabilitación para ocupar cargos públicos. Si el monto de las operaciones involucradas excede cierta cantidad, las penas se incrementan considerablemente.

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