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SCJN niega amparo a Telemundo por uso de imagen de Sandra Ávila en “La Reina del Sur”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso punto final al litigio que Sandra Ávila Beltrán, conocida como La Reina del Pacífico, emprendió contra Telemundo Network Group por el uso de su imagen en la promoción de la serie La Reina del Sur.

Por unanimidad, el máximo tribunal rechazó amparar a la cadena televisiva, que buscaba anular la sanción impuesta por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), consistente en 448 mil 100 pesos. La cifra es menor frente al 40 por ciento de regalías que Ávila Beltrán pretende reclamar, bajo el argumento de que la segunda temporada de la serie habría generado 800 millones de dólares.

En entrevista con MILENIO, el abogado Isaac Razo informó que la resolución abre la puerta para iniciar un nuevo juicio en Estados Unidos, con el objetivo de demandar el pago de regalías por el supuesto uso indebido de su imagen.

Ávila Beltrán, quien fue vinculada en su momento al Cártel de Sinaloa, ganó sus procesos judiciales en México y fue exonerada, luego de que la entonces Procuraduría General de la República no pudiera demostrar vínculos con Ismael El Mayo Zambada ni su presunta participación en operaciones de narcotráfico. No obstante, cumplió una sentencia en Estados Unidos.

Discusión en el Pleno

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, presentó el proyecto que propuso negar la protección de la justicia a la televisora, al considerar que la imagen de Ávila fue utilizada con fines comerciales y sin su consentimiento, no con propósitos informativos o periodísticos.

El Pleno determinó que los artículos 87 y 231, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor —impugnados por Telemundo— son constitucionales, al establecer límites entre la libertad de expresión y el derecho a la propia imagen.

El ministro señaló que el caso reviste “interés excepcional en materia constitucional y de derechos humanos”, pues permitió delimitar la potestad sancionadora del IMPI y los alcances de la libertad de expresión frente al derecho a la imagen.

Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama subrayó que la imagen de una persona no puede utilizarse sin su consentimiento para fines comerciales y con lucro, y aclaró que en contextos estrictamente informativos o periodísticos no se requiere autorización.

Con esta resolución, la SCJN confirma la sanción administrativa contra la televisora y deja abierta la posibilidad de que el conflicto legal continúe ahora en tribunales estadounidenses.

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